La comunicación previa
Puede ser un buen instrumento para situaciones de escasa complejidad y tiempo limitado. Planear con el mayor detalle posible la intervención como posibles recorridos, duración, número de personas así como hacerlo con la suficiente antelación para la comunicación con la administración son detalles a tener en cuenta.
Resulta muy recomendable que la instancia sea cursada por un colectivo o asociación (de vecina/os, cultural, artística, deportiva…).
Puede no resultar suficiente para defender un uso que esté sujeto a licencia, pero puede servir para neutralizar el desalojo, el decomiso del material y como base para una defensa.
Uso de los medios de comunicación
Más que un procedimiento en sí mismo, puede tratarse de un refuerzo o complemento. La presencia de los medios puede modifi car claramente la actuación de la administración y sus agentes. Puede considerarse la posibilidad de redactar una nota de prensa y/o convocar una rueda de prensa. Se puede trabajar con antelación en modo preventivo.
Solicitud de permiso para una actividad con intención subversiva
Ciertas actuaciones subvierten el sentido de un procedimiento legal estándar. Comprar un tiquet de zona azul para celebrar una merienda de amigos en el espacio reservado a aparcamiento, o la refi nada propuesta de Recetas Urbanas de instalar con licencia columpios o jardineras sobre cubas de escombros ejemplifi can bien la fórmula del uso creativo o subversivo de las condiciones habituales en la gestión de la vía pública.
Eventos reivindicativos
La ley reguladora del derecho a reunión y concentración representa una importante apertura al uso de la vía pública para la expresión de la situación colectiva.
Si cumplimos los plazos de comunicación previa, entre 10 y 30 días, y los de organización, recorrido y horarios, nos aseguramos la concesión del derecho de reunión y manifestación ya que es un derecho constitucional y ningún órgano de gobierno local, autonómico o estatal puede denegarlo. A partir de la obtención del mismo se nos abre un abanico de posibilidades mixtas de uso del espacio público combinado con la concentración o manifestación previamente aprobadas.
Música en vivo
Ya en el París del siglo XXII se establecieron pactos entre los artistas callejeros para relacionar una serie de condiciones que todos deberían cumplir sobre la limitación de uso de calles y plazas para ejercer su actividad, impidiendo que nadie monopolizara un determinado espacio y estableciendo procedimientos de mediación y coordinación para evitar y resolver posibles confl ictos, todo ello gestionado por ellos mismos.
Hoy en día resulta imprescindible conocer la normativa local, que a menudo establece limitaciones de tiempo y de mecanismos de amplifi cación, y es muy recomendable determinar, junto al resto de artistas interesados en una zona determinada, métodos de rotación e intercambio de espacios que tengan en cuenta las citadas ordenanzas.
CONTEXTO RELACIONADO:
CASO A: Evento de gran formato y/o de varios días de duración
CASO C: Algunos casos de intervenciones alegales